
Guía factura electrónica
Costa Rica

Requisitos de información digital
Clearance.
Obligatoriedad
Obligatorio para B2B, B2C y B2G.
Autoridad
Ministerio de Hacienda.
DGT – Dirección General de Tributos.
Plataforma
DGT – Plataforma de la Dirección General de Tributos.
Formato
XML local.
Tiempo de almacenamiento
5 años.
Informes y procesos
Informes
Este país no obliga a presentar informes.
Procesos
Todos los documentos electrónicos y documentos asociados deben tener un mensaje de aceptación del Ministerio de Hacienda, de lo contrario no pueden utilizarse como medio de justificación de créditos fiscales o como gastos deducibles.
El flujo funciona de la siguiente manera:
- El contribuyente envía un XML al Ministerio de Hacienda de una factura para su validación y recepción del mensaje de la Agencia Tributaria.
- El Ministerio de Hacienda recibe la factura y dispone de hasta 3 horas para validarla y enviar un acuse de recibo de aceptación o rechazo. Este mensaje acompañará a la factura enviada al destinatario.
- El destinatario deberá aceptar o rechazar la factura con un nuevo mensaje.
En el flujo de facturación electrónica de Costa Rica, hay dos mensajes clave que viajarán junto con los documentos electrónicos.
- Mensaje del Ministerio de Hacienda: Mensaje que el Ministerio de Hacienda da en respuesta al emisor de la factura electrónica indicando su Aprobación o Rechazo. Las validaciones por parte del Ministerio de Hacienda serán a nivel estructural además de las validaciones semánticas (importes, direcciones, etc.).
- Mensaje del destinatario: Mensaje que el destinatario de la factura electrónica envía al Ministerio de Hacienda aceptándola, aceptándola parcialmente o rechazándola.
La confirmación o rechazo por parte de los destinatarios «deberá enviarse a la Dirección General de Tributación para su validación dentro de los primeros 8 días hábiles del mes siguiente a la transacción u operación respectiva. En caso de rechazo, deberá enviarse un nuevo mensaje de confirmación», según la DGT-R-063-2018.
Todos los comprobantes electrónicos y documentos asociados deben contar con un mensaje de aceptación del Ministerio de Hacienda, de lo contrario no podrán ser utilizados para sustentar créditos fiscales o gastos deducibles.
Próximos cambios legislativos
- Nuevas actualizaciones de facturas electrónicas: vigentes a partir del 1 de junio de 2025
- Nuevo recibo electrónico: Se agregó el “Recibo de pago electrónico”.
- Nuevos tipos de identificación: “Extranjero no residente” y “No contribuyente” para facturas electrónicas de compra.
- Nuevas condiciones de venta: Incluyen “Arrendamiento operativo” y “Arrendamiento financiero”.
- Tipos de descuento especificados: Cubren regalías, IVA cobrado a clientes y bonificaciones.
- Nueva categoría de exención: “Exención para zona franca”.
- Nuevos tipos de documentos: Incluyen depósitos de garantía, multas, sanciones e intereses de demora.
Los cambios entran en vigor el 1 de junio de 2025, pero se permite su aplicación anticipada a partir del 1 de abril de 2025.
Enlaces de interés y documentos
https://www.hacienda.go.cr/
Documentos
- Factura electrónica
- Nota de débito electrónica
- Nota de crédito electrónica
- Boleto electrónico 04
- Confirmación de aceptación del comprobante electrónico
- Confirmación de aceptación parcial del comprobante electrónico
- Confirmación de rechazo del comprobante electrónico
- Factura electrónica de exportación.
- Factura electrónica de compra (Aplica a transacciones con proveedores extranjeros o personas físicas no registradas como contribuyentes).
- *Nuevo comprobante de pago electrónico (Avala los pagos parciales de bienes o servicios vendidos a crédito. Además, las entidades autorizadas para recibir donativos deducibles están exentas de emitir cheques electrónicos, pero deben emitir certificados de donativos).
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