Requisitos de información digital

CTC:

B2G: Centralizado/Peppol

B2B: Post – Audit

Obligatoriedad

B2G: Obligatorio

B2B:

  • Emisión: voluntaria hasta la implantación progresiva (2027–2028).

  • Recepción: obligatoria para todos los contribuyentes desde el 01/01/2025.

Autoridad

Ministerio Federal de Hacienda alemán (BMF)

Autoridades/órganos de contratación pública (Bund/Länder) y sus plataformas/canales.

Plataforma

  • OZG-RE / ZRE (Bund) y portales/canales de los Länder

  • Peppol

Formato

B2G: XRechnung, Peppol BIS (ZUGFeRD solo si cumple EN 16931).

B2B: Formatos conformes a EN 16931 (UBL, CII, Factur-X/ZUGFeRD EN-compliant).

Tiempo de almacenamiento

Conservación: En general, el periodo legal de conservación de facturas se ha reducido de 10 a 8 años (con excepciones y posibles extensiones cuando sigan siendo relevantes para periodos fiscales abiertos).
Archivo de e-facturas: Debe conservarse el original electrónico (incluida la parte estructurada/XML) en formato inalterado y legible, garantizando autenticidad, integridad y disponibilidad para auditoría.

Informes y procesos

Actualmente, Alemania no exige reporting electrónico transaccional a nivel de factura para el B2B doméstico (ni existe un clearance nacional B2B).

Se mantienen las obligaciones periódicas de IVA y otras declaraciones (p. ej., listados recapitulativos e Intrastat) hasta la entrada en vigor de los cambios de ViDA para operaciones intra-UE.

Próximos cambios legislativos

  • 01/01/2025: Las empresas deben poder recibir e-facturas EN 16931. Durante 2025–2026 pueden seguir emitiéndose facturas en papel; los formatos electrónicos no estructurados (p. ej., PDF) requieren consentimiento del receptor.

  • 01/01/2027: Empresas con facturación del ejercicio anterior superior a 800.000 € deberán emitir facturas electrónicas estructuradas. Las facturas EDI conformes a EN seguirán siendo posibles con acuerdo bilateral.

  • 01/01/2028 :La obligación se extiende a todas las empresas en el ámbito B2B doméstico (salvo excepciones legales), con uso obligatorio de factura estructurada.

En línea con ViDA, desde el 1 de julio de 2030 se aplicarán requisitos de reporting digital (DRR) para operaciones B2B transfronterizas intra-UE.

Enlaces de interés y documentos

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