Guía factura electrónica
Alemania
Requisitos de información digital
B2G: Centralizado/Peppol
B2B: Post – Audit
Obligatoriedad
B2G: Obligatorio
B2B:
-
Emisión: voluntaria hasta la implantación progresiva (2027–2028).
-
Recepción: obligatoria para todos los contribuyentes desde el 01/01/2025.
Autoridad
Ministerio Federal de Hacienda alemán (BMF)
Plataforma
B2G: XRechnung, Peppol BIS a través de Peppol y los 16 sistemas locales de los Länder.
Formato
B2G: XRechnung, Peppol BIS (ZUGFeRD solo si cumple EN 16931).
B2B: Formatos conformes a EN 16931 (UBL, CII, Factur-X/ZUGFeRD EN-compliant).
Tiempo de almacenamiento
Reducción de 10 a 8 años (excepciones para determinados documentos).
La parte estructurada de una factura electrónica debe archivarse en su forma original durante ocho años, garantizando su autenticidad, integridad y legibilidad mediante controles internos o firmas electrónicas/Intercambio Electrónico de Datos (EDI).
Informes y procesos
No existe reporting electrónico transaccional para facturas B2B/B2C. Solo aplican regímenes sectoriales o especiales (p. ej., OSS/IOSS).
Las empresas siguen presentando declaraciones periódicas de IVA, listados recapitulativos (EC Sales List) e Intrastat, pero no reporting a nivel de factura.
Próximos cambios legislativos
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01/01/2025: Todas las empresas deben poder recibir facturas electrónicas conformes a EN 16931. Los proveedores pueden seguir emitiendo facturas en papel o no estructuradas si el comprador lo consiente.
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01/01/2027: Empresas con facturación del ejercicio anterior superior a 800.000 € deberán emitir facturas electrónicas estructuradas. Las facturas EDI conformes a EN seguirán siendo posibles con acuerdo bilateral.
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01/01/2028: La obligación se extiende a todas las empresas (se elimina papel/no estructurado).
Alemania introducirá el reporting electrónico transaccional en línea con la Directiva ViDA de la UE, previsto en torno a 2030.
Enlaces de interés y documentos
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