Requisitos de información digital

B2G: Centralizado via FINA e-Račun (conectada a Peppol).

B2B: Auditoría posterior, será Real-time reporting con JIR en enero de 2026

B2C: será Real-time reporting con JIR en enero de 2026.

La factura debe incluir un identificador único (JIR), generado por la autoridad tras el envío de metadatos clave, antes de poder entregarse al cliente.

Obligatoriedad

B2G: Centralizado a través de FINA e-Račun (conectada a Peppol).

  • Emisión: Obligatoria para los proveedores de todas las autoridades contratantes.

  • Recepción: Obligatoria para todas las autoridades contratantes.

B2B:

  • Hasta diciembre de 2025: Modelo de auditoría posterior; la facturación electrónica es opcional.

  • Desde el 1 de enero de 2026: Obligatorio el reporte en tiempo real con JIR para todas las empresas registradas a efectos de IVA (emisión y recepción).

B2C:

  • Desde el 1 de enero de 2026: Obligatorio el reporte en tiempo real con JIR para las empresas registradas a efectos de IVA.

  • Desde el 1 de enero de 2027: Se amplía a todas las demás entidades no registradas en el sistema de IVA, incluyendo contribuyentes de renta y beneficios, así como organismos presupuestarios y no presupuestarios.

Autoridad

Ministerio de Economía y Desarrollo Sostenible

Plataforma

B2G: FINA e-Račun/Peppol

B2B: Peppol or certified intermediaries

Formato

B2G: UBL 2.1, Peppol BIS

B2B: N/A

Tiempo de almacenamiento

11 años

Informes y procesos

El formulario U-RA ya no será requerido en su formato actual.

El nuevo sistema de reporte en tiempo real con JIR cubrirá todas las transacciones (B2B, B2C, B2G), por lo que la Autoridad Tributaria ya recibirá los datos estructurados de las facturas.

La Autoridad Tributaria ha anunciado que la obligación del U-RA será eliminada progresivamente, ya que resultará redundante una vez que el reporte en tiempo real de facturas esté en funcionamiento.

 

Próximos cambios legislativos

1 de septiembre de 2025

  • Entra en vigor la nueva Ley de Fiscalización 2.0.

  • Se habilita un entorno de pruebas (sandbox) para e-factura y reporte en tiempo real.

1 de enero de 2026

  • Obligatoria la factura electrónica para todas las empresas registradas en el IVA (B2B y B2G).

  • Formato obligatorio: EN 16931 con extensiones locales.

  • Envío en tiempo real y confirmación de recepción en máximo 5 días.

1 de enero de 2027

  • Obligación extendida a todos los sujetos, incluso no registrados en IVA (pymes, entes públicos locales).

Requisitos clave

  • Modelo de fiscalización en tiempo real con JIR (CTC)

  • Uso de Peppol o intermediarios certificados

  • Firma digital

  • Conexión con la plataforma nacional (e-Račun vía FINA)

Enlaces de interés y documentos

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