Requisitos de información digital

B2G: Centralizado/Peppol

B2B: Post-audit, KSeF voluntario.

Obligatoriedad

B2G: Obligatorio

B2B: Voluntario

Autoridad

Ministry of Economic Development and Technology in joint partnership with the Łukasiewicz – Poznań Institute of Technology.Ministry of Finance

Plataforma

B2G: PeF/Peppol

B2B :KSeF (Krajowy System e-Faktur). Su uso es voluntario hasta 2026

Modo offline: Permitido en caso de indisponibilidad técnica o con contrapartes extranjeras, con obligación de cargar la factura el siguiente día hábil.

Formato

B2G: compatible con EN, Peppol BIS

B2B: FA_VAT (XML), uso voluntario actualmente.

Tiempo de almacenamiento

  • Facturas emitidas vía KSeF: Archivadas automáticamente por el sistema durante 10 años desde el fin del año natural en que se aceptó la factura.
  • Regla general: 5 años para documentos fiscales.
  • Regímenes especiales como OSS/IOSS: 10 años, según normativa de la UE.

Informes y procesos

Reporting:

KSeF funciona como sistema clearance, por lo que la emisión y recepción de facturas a través del sistema ya constituye el cumplimiento del requisito de reporting. No se exige MyData ni SAF-T para IVA en paralelo, aunque puede aplicarse SAF-T para auditorías.

Proceso:

  1. La empresa emite la factura en formato XML FA_VAT desde su sistema contable.

  2. La factura se envía electrónicamente a KSeF a través de API o la aplicación del contribuyente.

  3. KSeF valida el contenido y acepta o rechaza la factura en tiempo casi real.

  4. Una vez aceptada, la factura recibe un identificador único (KSeF ID) y se considera legalmente emitida.

  5. La factura queda archivada automáticamente en el sistema durante 10 años.

  6. El receptor puede consultar la factura directamente en KSeF

Próximos cambios legislativos

En abril de 2025, el Ministerio de Finanzas publicó el nuevo calendario definitivo:

  • 1 de febrero de 2026: obligatorio para empresas con ingresos superiores a 200 millones PLN (en 2024).

  • 1 de abril de 2026: obligatorio para el resto de los contribuyentes.

  • Hasta el 31 de diciembre de 2026: Periodo de gracia sin sanciones por errores en facturas o por no incluir el identificador KSeF en las transferencias.

Mientras tanto, el uso del sistema KSeF continúa siendo voluntario y está disponible para cualquier empresa que desee adoptarlo de forma anticipada.

Además, se mantienen las siguientes excepciones y medidas transitorias:

  • Se permite la emisión de facturas desde cajas registradoras y se reconocen los recibos fiscales con NIP como facturas simplificadas hasta el 31 de diciembre de 2024.

  • Las operaciones B2C y las facturas emitidas bajo el régimen OSS/IOSS quedan fuera del alcance del sistema KSeF.

Enlaces de interés y documentos

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