Requisitos de información digital

Modelo de autorización (Clearance)

Obligatoriedad

La facturación electrónica en sí misma no es obligatoria; las facturas se pueden emitir en formato papel o electrónico.

Sin embargo, el requisito de autorización sí lo es; para las facturas que superen ciertos umbrales, es obligatorio obtener un número de asignación de la autoridad tributaria antes de emitir la factura, independientemente del formato.

Autoridad

Ministerio de Finanzas.

Plataforma

Sistema de la Agencia Tributaria israelí.

Formato

Para el proceso de validación y asignación de números, el proveedor debe enviar la factura en formato JSON a través del sistema SHAAM de la ITA.

Aunque la factura electrónica para el cliente final puede presentarse en PDF, XML.

Tiempo de almacenamiento

7 años.

Informes y procesos

Procesos

Antes de que la factura sea finalizada en el ERP o plataforma de facturación, el emisor debe enviar los detalles de la factura a la plataforma gubernamental (a través del servicio API de la ITA) en el momento de la emisión.

Si es aprobada, el sistema asignará un número de asignación, que es un identificador único asignado por la Autoridad Fiscal de Israel a la factura. Este número de asignación debe incluirse en la factura para que sea válida a efectos del IVA.

Una vez que se ha devuelto un número de asignación, el emisor debe:

  • Guardar el número de asignación en el registro de la factura.
  • Imprimir el número de asignación en la factura, destacando los nueve dígitos más a la derecha bajo “número de asignación” (además del número de referencia interna asignado por el ERP).
  • Incluir los nueve dígitos más a la derecha en el campo designado como parte del informe detallado de IVA.

Próximos cambios legislativos

El Comité de Finanzas de la Knesset israelí ha acelerado el cronograma para el uso obligatorio de números de asignación en transacciones B2B.

  • 1 de enero de 2026: Obligatorio para facturas que superen ILS 10,000 (aproximadamente €2,450).
  • 1 de junio de 2026: Obligatorio para facturas que superen ILS 5,000 (aproximadamente €1,220).

Estos cambios adelantan los umbrales previamente planeados para 2027 y 2028 a fechas anteriores en 2026. Las fases iniciales permanecen sin cambios:

  • 5 de mayo de 2024: Obligatorio para facturas que superen ILS 25,000.
  • 1 de enero de 2025: Obligatorio para facturas que superen ILS 20,000.

Enlaces de interés y documentos

Enlaces de interés

gov.il

Documentos

Facturas imponibles.

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